Hoy el tema que tratamos es muy actual, ya que trata sobre las condena en costas a los bancos, derivadas del Procedimiento de impugnación de las cláusulas suelo. Algo que ya esta sucediendo en el Juzgado de lo Mercantil de Jaén y que seguramente comience a suceder en el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba.
Los bancos que no se avengan a anular las cláusulas suelo que aún mantienen y que no aceptan devolver lo cobrado de más desde mayo de 2013 hasta ahora no solo están siendo condenados a hacerlo, sino que además el juzgado de lo Mercantil de Jaén les está imponiendo ya las costas del proceso judicial. Un ‘sobrecoste’ para los bancos de unos 500 euros por caso que puede hacer que las entidades desistan de litigar y lleguen a acuerdos razonables con sus clientes. Y también incentivar que más clientes presenten reclamaciones y demandas.
La doctrina del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo está clara desde el pasado mes de abril, según expuso el propio juez de lo Mercantil de Jaén, Luis Shaw, en una charla organizada por el Colegio de Abogados en Linares: se están condenando sistemáticamente a los bancos a que anulen sus cláusulas suelo y a que devuelvan.
Las costas no solo pueden ir al banco. También al cliente que no se atenga al criterio del Supremo: «la imposición de costas sería a todo aquél que mantenga el litigio, de manera que si subsidiariamente se pide o se allana a mayo de 2013, pero mantiene su petición o defensa de retroactividad total o no nulidad, también se le impondrán las costas», aclara el juzgado.
En unos meses el panorama ha mejorado notablemente para los clientes afectados. De tener que embacarse en procesos que les podían salir por más de 1.500 euros, ahora pueden litigar ‘gratis’. Las tasas fueron eliminadas para las personas físicas hace meses y ahora las costas de abogado y procurador van para el banco.
Varias entidades están llamando a sus clientes para quitarles esta cláusula. Algunos cajas y bancos, sin embargo siguen reacios a eliminar los suelos. Los usuarios que van a reclamar se encuentran ofertas como mantener un suelo del 2,5% durante tres años y pasado este tiempo quitarle el suelo, bajarle hasta el 2,25 durante varios meses y luego quitar el suelo, previo pago de una comisión por modificar el préstamo con un contrato privado, o anular la cláusula durante dos años y luego ya se verá, siempre que renuncie a cualquier reclamación en el juzgado. Pero de pagar por lo cobrado de más, ni hablar……
Esperamos que os haya gustado y sobre todo que os haya sido útil.
Saludos
Cintas & Asociados Abogados
Leave a Comment