Cintas y AsociadosCintas y AsociadosCintas y AsociadosCintas y Asociados
  • Inicio
  • ¿Quiénes somos?
  • Servicios
    • Áreas de especialización
      • Derecho Mercantil
      • Derecho Laboral
      • Derecho Administrativo
      • Derecho Canónico
      • Derecho Civil
      • Derecho Penal
      • Derecho Bancario
      • Procedimientos Civiles y Mercantiles
    • Sectores
      • Inmobilario y de la Construcción
      • Agrario y agroalimentario
    • Empresa Familiar
  • Nuestro equipo
    • Profesionales
  • Actualidad
    • Cintas Opina
    • Cintas en los Medios
    • Reinvéntate | Covid19
  • Contacto

Contratos con los consumidores y usuarios.

    Home Blog Contratos con los consumidores y usuarios.

    Contratos con los consumidores y usuarios.

    By cintasyasociados | Blog | 0 comment | 21 septiembre, 2016 | 0

    En nuestro artículo de hoy, os vamos a explicar que cuestiones debemos tener en cuenta como consumidores, a la hora de contratar con un empresario.

    En primer lugar, vamos a aclarar que se entiende por contrato. Según nuestro Código Civil, un contrato  existe desde que una o varias personas consienten en obligarse unas respecto de otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio. Con lo cual, podemos decir, que estaremos formalizando un contrato, desde el momento que nos comprometemos a realizar una prestación.

    Existen muchos tipos de contratos (compraventa, permuta, arrendamiento…), sin embargo hoy nos vamos a detener en el contrato celebrados con los  consumidores y usuarios.

    De hecho, se pueden definir este tipo de contratos como aquellos celebrados entre un consumidor o usuario y un empresario. Un consumidor es aquel actúa al margen de una actividad empresarial, mientras el empresario actuará dentro del ámbito de ésta.

    Continuamente estamos realizando este tipo de contratos. Así cuando compramos un coche, un móvil, ropa, y un largo etcétera, lo que estamos realizando es la formalización de un contrato como consumidores y usuarios.

    Por tanto, a la hora de celebrar este contrato debemos tener en cuenta siempre algunas  cuestiones que protegen al consumidor frente a posibles abusos. De este modo:

    1. El empresario, antes de contratar, deberá poner gratuitamente a disposición del consumidor y usuario, la información relevante, veraz y suficiente sobre las características esenciales del contrato. En particular deberá facilitarle información sobre las condiciones jurídicas y económicas, de los bienes o servicios objetos del mismo. Todo ello, deberá hacerlo de una manera clara, que se pueda comprender y adaptadas a las circunstancias de la información.
    2. La oferta, promoción y publicidad que haga el empresario de los bienes o servicios, se ajustarán a su naturaleza, características, utilidad o finalidad, y a las condiciones jurídicas o económicas de la contratación. De hecho, el consumidor o usuario podrá exigirlas aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado. Aunque si el contrato tiene clausulas más beneficiosas para el consumidor o usuario, éstas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.
    3. Debe constar de forma inequívoca la voluntad del consumidor o usuario, tanto de contratar, como de poner fin al contrato.
    4. Por otro lado, se prohíben clausulas en los contratos, que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos que se le reconocen al consumidor. Así como cláusulas que, en los contratos de prestación de servicios o de suministro de productos de tracto sucesivo o continuado, establezcan plazos de duración excesiva, o limitaciones que impidan al consumidor a poner en cualquier momento, fin al contrato.
    5. Por otro lado el empresario deberá entregar un recibo justificante, copia o documento acreditativo con las condiciones esenciales de la operación, incluidas las condiciones generales de la contratación, aceptadas y firmadas por el consumidor o usuario.
    6. Todos estos contratos, se integrarán en beneficio del consumidor, conforme al principio de buena fe objetiva, también en los supuestos de omisión de información precontractual (antes del contrato) relevante.

    Esperamos que esta información os sirva de ayuda.

    No tags.

    Related Post

    • Bienvenid@s al blog de Cintas & Asociados Abogados!

      By José María Mayoral | 0 comment

      Con esta primera entrada, queremos daros la bienvenida a nuestro blog, el cual prometemos actualizar con reflexiones y noticias sobre derecho. Happy blogging! 🙂 El equipo de Cintas & Asociados Abogados.  Read more

    • Olivencia: “El nuevo Código Mercantil puede entrar en vigor esta legislatura”

      By José María Mayoral | 0 comment

      “Los miembros de la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia confiamos que si el dictamen del Consejo de Estado sobre el futuro Código Mercantil se produce dentro de este mes, en 2014 se podríaRead more

    • El Gobierno aprueba la ley tributaria, que prevé lista de morosos y defraudadores

      By cintasyasociados | 0 comment

      Aunque las reformas de los impuestos principales entraron en vigor el pasado 1 de enero del año 2015, la reforma de la Ley Tributaria pasó el trámite del Consejo de Ministros el pasado Viernes, cerrandoRead more

    • Ubicación de los juzgados de córdoba

      By cintasyasociados | 0 comment

      Hoy en nuestro Blog os hablamos de la ubicación de los diferentes juzgados de Córdoba. La mayor parte de los juzgados se ubican en la Plaza de la Constitución. En dicha sede encontramos: Todos losRead more

    • Personas que componen la sala de vistas en un juicio oral

      By cintasyasociados | 0 comment

      Hoy en nuestro Blog os hablamos de cuál es la composición de una sala de vistas en los diferentes juzgados de Córdoba. Tras años de experiencia acudiendo con nuestros clientes a vistas orales hemos detectadoRead more

    • El Tribunal Supremo declara abusivos los intereses de demora elevados !!

      By cintasyasociados | 0 comment

      El Tribunal Supremo dio el pasado jueves un duro golpe a las condiciones de la mayoría de los préstamos personales al declarar abusivos los intereses de demora que superen en más de dos puntos a losRead more

    • JUSTIAPPS, una iniciativa que integra Derecho y tecnología para acercar la Justicia a los ciudadanos

      By cintasyasociados | 0 comment

      Hoy publicamos en nuestro blog una noticia del diario, “elEconomista.es”, que nos ha parecido muy interesante y que seguro os va a gustar, ya que es un tema de actualidad, al tratar sobre la incorporaciónRead more

    • El Juzgado de lo Mercantil de Jaén impone ya a los bancos las costas de los juicios de cláusulas suelo

      By cintasyasociados | 0 comment

      Hoy el tema que tratamos es muy actual, ya que trata sobre las condena en costas a los bancos, derivadas del Procedimiento de impugnación de las cláusulas suelo. Algo que ya esta sucediendo en elRead more

    Leave a Comment

    Cancelar la respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Entradas recientes

    • Redes sociales: cómo conseguir nuevos clientes a golpe de ratón.
    • Sentencia Bankinter |Un juzgado de Córdoba anula las cláusulas de garantías excesivas en un proceso de refinanciación de deuda
    • Preguntas y respuestas a la alternativa del concurso express (incluye modelo de solicitud)
    • ¿Tengo un buen seguro?

    Avenida Gran Capitán 41, primero dcha. 14008. Córdoba

    857 807 173

    info@cintasyasociados.es

    Horario:
    L - J 09:00 - 14:00 & 17:00 - 20:30
    V 09:00 - 14:00
    © Copyright  2021 Aviso Legal | Condiciones de uso | Política de Privacidad
    • Inicio
    • ¿Quiénes somos?
    • Áreas de especialización
    • Profesionales
    • Contacto
    • Blog
    Cintas y Asociados