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El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

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    beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho CINTAS ASOCIADOS abogados cordoba

    El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

    By Cintas y Asociados Abogados | Covid19, Medios | 0 comment | 1 diciembre, 2020 | 0

    “La actual situación de crisis ocasionada por la pandemia del COVID-19 está generando cada vez con más frecuencia problemas de tesorería que pueden afectar, y de hecho afectan, tanto a personas físicas como jurídicas, y que, en cualquier caso, pueden alargarse en el tiempo, para lo cual, el Ordenamiento Jurídico español ofrece algunos mecanismos de ayuda.”

    Así inicia la tribuna de nuestro compañero Francisco J. Jiménez para el medio Lawyerpress, en el que analiza los requisitos para aplicar al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, incluido el Texto Refundido de la Ley Concursal, que entró en vigor el día 1 de septiembre de 2020.

    “No olvidemos que los efectos principales del BEPI, como su propio nombre indica será acceder a la exoneración del pago de los créditos insatisfechos, siempre y cuando se cumpla con los requisitos anteriormente expuestos.”

    Lee el artículo completo aquí

    covid19, Ley Concursal

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