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¿Qué sanciones son aplicables ante el consumo de drogas al volante?

    Home Blog ¿Qué sanciones son aplicables ante el consumo de drogas al volante?

    ¿Qué sanciones son aplicables ante el consumo de drogas al volante?

    By cintasyasociados | Blog | 0 comment | 30 enero, 2017 | 0

    El pasado 29 de diciembre fue condenada a cuatro años de prisión la chica de 22 años que, en abril de 2016, conducía sin carné de conducir bajo los efectos del éxtasis, marihuana y cocaína, ocasionando la muerte de tres personas en un accidente de tráfico. Y en estos días está siendo noticia el accidente ocasionado por un autobús escolar que ha dejado 17 heridos y en el que el chófer, presuntamente, conducía bajo los efectos de la cocaína.

    La DGT calcula que cada día 273 personas circulan bajo los efectos del cannabis, la cocaína o las anfetaminas (al margen del alcohol) y ha advertido sobre el protagonismo que está adquiriendo el consumo de drogas y estupefacientes en el volante, que multiplica por nueve las posibilidades de ocasionar un accidente de tráfico. Solo en 2015 el porcentaje de víctimas mortales analizadas que dio positivo en este tipo de sustancias fue del 31,64%, la mayoría de ellos en cocaína (49,4%) o cannabis (43,6%). El 13,7% dio positivo en opiáceos y el 2,3% en anfetaminas u otras drogas similares. Además, un 26,5% de los conductores fallecidos analizados habían consumido psicofármacos.

    Los efectos que el consumo de estas sustancias pueden generar en nuestro organismo son variados, desde la percepción falsa del espacio y del tiempo, la sobrevaloración de las propias capacidades y la alteración de la valoración del riesgo, hasta las ilusiones ópticas y el déficit de coordinación. Por ello, una parte notoria de las campañas de sensibilización y prevención al volante centran su atención en estas sustancias y las consecuencias tan fatales que para la vida del conductor o para la de otras personas pueden generar.drogotest

    Esta actitud al volante puede generar para el conductor la responsabilidad de una sanción administrativa de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del carné de conducir, sin que exista ningún mínimo de consumo legal (como sí ocurre con el alcohol), lo que se traduce en tolerancia cero con respecto a esta conducta.

    Por otro lado, conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas conlleva la pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, así como la privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. Además, la conducción en esta circunstancia aumenta la probabilidad de incurrir en un delito de conducción temeraria, agravando las penas. Así mismo, la negativa a someterse a las pruebas de detección de drogas supone una pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

    Ante esto no podemos sino recomendar que si has consumido drogas o te encuentras bajo los efectos de las mismas te mantengas alejado del volante, por las multas y sanciones que puedes recibir, pero sobre todo por tu seguridad y por la de todos los demás.

     

     

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