Si hace algunas semanas os hablamos de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, en la cual declaraban nulos los acuerdos que la entidad bancaria firmaba con sus clientes para que le bajarán la cláusula suelo a cambio de que renunciarán acciones posteriores contra ellos.
Ahora es el Tribunal Supremo el que dicta una sentencia en relación a dicha cuestión, y abre la puerta a la reclamación de miles de consumidores de toda España. El Tribunal Supremo establece en su sentencia que el hecho de haber pactado con el banco una mejora en las condiciones, no será tenido en cuenta si la cláusula es nula radical o de pleno derecho.
El Supremo, tras estudiar el caso, estima la infracción procesal, puesto que se ha impedido a un consumidor ejercitar su derecho legítimo. Además, concluye que la falta de transparencia de la cláusula suelo determina su nulidad absoluta por tener carácter abusivo: no es posible su convalidación. Y recuerda que sobre esta cuestión ya se ha pronunciado.
También destaca que el juez de primera instancia aprecie la falta de transparencia y, sin embargo, no apreciera de oficio su nulidad, cuando existe reiterada jurisprudenica del TJUE al respecto.
El Tribunal Supremo concluye que aunque los afectados llegaran a un nuevo acuerdo con la entidad, este solo tenía el fin de reducir, en lo posible, las consecuencias negativas del contrato: “No constituye un acto inequívoco de la voluntad tácita de convalidación o confirmación del contrato, en el sentido de crear, definir, fijar, modificar, extinguir o esclarecer sin ninguna duda dicha situación confirmatoria”.
Y este acuerdo no impide a los consumidores posteriormente solicitar la declaración de nulidad absoluta de tal cláusula y la restitución de lo que el banco ha percibido indebidamente por su aplicación.
La novedad de esta sentencia radica en que deja meridianamente claro que la nulidad de una clausula suelo por ser abusiva es una nulidad radical o de pleno derecho. Teniendo en cuenta que lo nulo o radical no prescribe ni caduca, los consumidores que llegaron a un acuerdo con sus bancos tienen ahora la posibilidad de reclamar con garantías.
CINTAS & ASOCIADOS ABOGADOS
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