Los accidentes están a la orden del día, así como las lesiones consecuencias de los mismos. Sin embargo, no todo el mundo sabe que puede ser indemnizado por un tropiezo en la calle. Esta es la figura denominada Responsabilidad Patrimonial de la Administración Pública.

Detrás de este concepto, podremos encontrar una cantidad ingente de casos, resueltos de forma favorable si se cumplen una serie de requisitos. Si quieres conseguir la indemnización que te corresponde, no olvides tener presentes los siguientes aspectos:

No pierdas de vista que el derecho a ser indemnizado está reconocido constitucionalmente, en concreto en el artículo 106.2 de la Constitución Española de 1978, así como en los artículos 139 y siguientes de la LRJ-PAC. Asimismo, podremos encontrar numerosas sentencias del Tribunal Supremo que tratan este tema, como puede ser la de la Sala Tercera de este Tribunal, de 20 de febrero de 1999, recurso es 6482/1994, siendo una de las sentencias que ha servido de base para dictar resoluciones posteriores.

Desde Cintas & Asociados, esperamos que esta información te haya sido de utilidad. Si quieres profundizar sobre el tema o necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros.

 

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